No tendrá restricción:
- Vehículos vinculados al transporte masivos de pasajeros bien sea articulados o alimentadores.
- Vehículos de transporte público colectivo intermunicipal de pasajeros, cuyo destino u origen sea el terminal de transporte de Bogotá.
- Vehículos de servicios especiales de transporte de asalariados y escolares debidamente autorizados.
-Vehículos de carga
-Vehículos de servicios especiales de turismo, salvo aquellos de tipo individual
El aumento del nivel del mar podría "ahogar" a los manglares y
liberar carbono
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Una nueva investigación sugiere que los manglares podrían almacenar menos
carbono (y peor aún, comenzar a liberarlo) a medida que aumenta el nivel
del mar ...
Hace 6 días
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